viernes, 23 de abril de 2010

Ley General de Bibliotecas en Beneficio de las Personas con Discapacidad Visual


Muy distinguidos Señores:
El motivo de este blog es con el propósito de solicitar su invaluable colaboración a efecto de reformar la Ley General de Bibliotecas Mexicana para favorecer a las personas con discapacidad visual al incluir servicios tiflotecnológicos de acuerdo a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y protocolo facultativo que el gobierno mexicano adopto el 2 de mayo de 2008 conforme a decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Considerando que en 20 años que tiene la Ley no se ha realizado ningún esfuerzo en este sentido y que se envió una propuesta a la Comisión de Educación Publica y Servicios Educativos sin obtener respuesta afirmativa, es que solicito a usted su apreciable colaboración para lograr esta reforma, que beneficie a los ciegos, débiles visuales, personas con discapacidad visual, etc. con impresoras braille, libros braille, libro hablado, material y espacios.
Que todas las bibliotecas públicas del país tengan servicios para personas con discapacidad visual así como tienen salas de consulta, infantil, hemeroteca, etc. Que atender en las bibliotecas públicas al usuario ciego sea lo normal y no una excepción de las Bibliotecas más grandes como son la Biblioteca José Vasconcelos de la Ciudadela.
Atentamente
C. Martín Fonseca Rendón